La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) en su artículo 18 recoge cómo se debe actualizar el precio del alquiler de una casa. Si no se señala un índice, éste será el Indice de Garantía de la Competitividad (IGC), aunque el más utilizado para actulizarla es el Indice de Precios al Consumo (IPC) que es un indicador que mide la variación del precio de la vida y del poder adquisitivo de los ciudadanos del país. Si es positivo indica que los precios han subido, y si es negativo que han bajado. Se toma como referencia para calcularlo los productos más consumidos y se compara con los precios de los meses anteriores. Este cálculo lo lleva a cabo el INE o Instituto Nacional de Estadística.
Mientras dure el contrato, el precio del alquiler se podrá actualizar cada año siempre que se haya pactado de forma expresa. Si esto se hace pero no se detalla cómo se hará, se tomará como referencia el IGC actualizado, según el último índice publicado en la fecha de renovación del contrato.
Si no se ha pactado ninguna actualización anual, ésta no se producirá mientras este vigente el contrato de arrendamiento.
Sin embargo, el indicador más utilizado es el IPC, su renovación podrá realizarse anualmente. Se debe aplicar el valor publicado dos meses antes de la revisión de la renta, ya que el dato oficial suele publicarse el día 15 de cada mes y hay que avisar con un mes de antelación al día que se deba pagar la nueva mensualidad actualizada.
En 2022 y 2023, el tope de subida establecido por el Gobierno fue del 2%, en 2024 el tope fue del 3%, si el IPC era inferior a ese porcentaje la subida se aplicaba según la tasa de inflación.
Para calcular la subida del precio del alquiler con el IPC hay que seguir los siguientes pasos:
1-Se toma como referencia el alquiler actual
2-el porcentaje del IPC lo convertimos en una forma decimal
3-este decimal se multiplica por el alquiler actual, así conseguimos el aumento
4-Sumamos este aumento al alquiler actual para obtener la nueva renta
Podemos usar la herramienta del INE para actualizar la renta. Introduciremos la cantidad de alquiler que se paga y el valor del IPC con dos meses de antelación a la anualidad del contrato. Una vez calculado, debemos avisar al inquilino con un mes de antelación el día que le toque pagar la nueva anualidad.
En 2025, después de la entrada en vigor de la ley de la Vivienda, los contratos de alquiler firmados se actualizan con el nuevo índice del INE, que es el valor mínimo entre la tasa de variación anual del IPC, la tasa de variación anual de la inflación y la tasa de variación anual media ajustada, que en febrero fué del 2,08%.
fuente: idealista.com
25 de Abril del 2025